Analizando el proyecto de reforma electoral nacional

El 20 de junio el Presidente de la Nación realizó el acto de presentación del Plan de Polí­tica Nacional, evento en el cual Argentina Elections participó. En el breve acto se proyectó un video institucional, tras el cual Mauricio Macri destacó que la reforma se dividirá en dos etapas, incluyendo la primera los siguientes puntos fuertes:

Dos proyectos ingresarí­an el 28 de junio al Congreso Nacional, el primero de ellos referente al Debate obligatorio entre candidatos presidenciales y el segundo –disponible aquí­– contendrí­a una amplia serie de modificaciones a la legislación electoral nacional, destacándose aquellas relativas a la incorporación de la boleta electrónica como instrumento de sufragio.

  1. Boleta electrónica
  • Se incluye especí­ficamente el Sistema de Emisión de Sufragio con Boleta Electrónica, a partir de un nuevo capí­tulo en el Código Electoral, con las siguientes caracterí­stica fundamentales:
  1. Permita el registro digital y la impresión de la selección en un respaldo en papel.
  2. El sistema de votación deberá garantizar al elector la posibilidad de comprobar el contenido de su selección.
  • Las Agrupaciones polí­ticas y las universidades convocadas a tal fin cuenten con la posibilidad de auditarlo.
  • La Cámara Nacional Electoral resuelve sobre la homologación del sistema de emisión de sufragio a utilizarse en las elecciones primarias y generales. Para eso sumará bajo su dependencia una unidad de desarrollo técnico-informático.
  • Las Juntas Nacionales Electoral determinan las pruebas a realizar en los dispositivos de votación previo a la elección. También realizan, la auditorí­a del escrutinio abriendo el 5% de las mesas electorales del distrito, en las cuales se cotejarán los resultados del escrutinio manual con el que arroje el acta de escrutinio confeccionada a través del dispositivo tecnológico. 
  • Las Agrupaciones podrán nombrar Fiscales informáticos para observar la emisión de sufragio, el recuento, la trasmisión y la difusión de resultados provisorios, y el escrutinio definitivo. Además se establecerán dispositivos tecnológicos que permitan su seguimiento continuo y a distancia.
  • Las provincias cuyas normas constitucionales les impidan acogerse al régimen podrán celebrar simultáneamente elecciones previo acuerdo. Asimismo, en aquellos distritos en los que por razones justificadas no pudiera implementarse el sistema de emisión de sufragio con boleta electrónica se votará con boletas partidarias.
  1. Eliminación de colectoras y candidaturas múltiples
  • Los precandidatos que se presenten en las elecciones primarias sólo pueden hacerlo en una lista, en una sola agrupación polí­tica, y para una sola categorí­a de cargos electivos. No podrán presentarse en forma simultánea en una categorí­a de cargos nacional y provincial o municipal. Para ello presentarán una declaración jurada manifestando que no se presenta simultáneamente para ninguna otra precandidatura. De presentarse simultáneamente para más de una candidatura se cancelará la oficialización de la candidatura nacional.
  1. Debate presidencial obligatorio
  • A los candidatos que no participen se le cesará el 30% del espacio publicitario restante que le correspondiere hasta la fecha de la elección. Asimismo, el espacio fí­sico que le hubiera sido asignado para su participación permanecerá vací­o junto al del resto de los participantes.
  1. Fortalecimiento de la justicia para el control del financiamiento de los partidos
  • El aporte público para la campaí±a electoral deberá hacerse efectivo dentro de los 10 dí­as hábiles siguientes a la fecha lí­mite de oficialización definitiva de la lista.
  • La Cámara Nacional Electoral organizará en su sede un Cuerpo de Auditores Contadores, contará con un fondo anual especial que no podrá ser inferior al 10% del Fondo Partidario Permanente. 
  1. Primarias más ordenadas
  • Cada agrupación polí­tica determinará los requisitos para ser precandidato por las mismas.
  • El elector deberá optar por participar en la primaria de una única agrupación polí­tica o acuerdo electoral.
  • Cada agrupación polí­tica podrá participar de un solo acuerdo electoral y en cada acuerdo electoral sólo podrá participar una única agrupación polí­tica por el orden nacional y una única agrupación polí­tica en el orden distrital.
  • Tras las PASO el candidato a Presidente debe seleccionar su compaí±ero de fórmula como Vicepresidente. No podrá seleccionar como candidato a Vicepresidente a precandidato de otra agrupación polí­tica, excepto que forme parte del mismo acuerdo electoral.

VALORACIí“N DEL PROYECTO

El equipo de investigadores de Argentina Elections estableció a través de numerosos artí­culos ciertas prioridades que deberí­a incorporar la reforma, en este sentido vemos aspectos positivos y negativos.

 

  1. BOLETA
  • Considerábamos mejor la aproximación planteada en la Ciudad de Buenos Aires, a través de la institucionalización de la Boleta íšnica y la incorporación progresiva de tecnologí­a. En este sentido, si bien es positivo que se haya dejado la posibilidad de una incorporación progresiva de la boleta electrónica, es negativo que en aquellos distritos donde no fuera posible, se continúe votando con la, tan criticada, boleta partidaria.
  1. FEDERALISMO
  • Este punto fue dejado para una siguiente etapa, desperdiciando la oportunidad de establecer una única fecha electoral provincial (y tal vez otra municipal) en la cual las provincias recibirí­an apoyo administrativo y financiero para la organización de sus comicios por parte de la Nación. De esta manera los distintos niveles podrí­an mantener autonomí­a respecto a las elecciones nacionales, pero concentrando el calendario electoral. Por el contrario, se establece que en caso de simultaneidad que los gobiernos de las provincias proporcionarán, a su costa, los empleados que fueren necesarios para auxiliar al personal de las respectivas secretarí­as electorales nacionales.
  1. CAPACITACIí“N
  • Es un tema fundamental, sin embargo no abordado. Legislar la cesión de espacio publicitario para brindar información general electoral y de control para la ciudadaní­a, así­ como también autoridades de mesa. Respecto a estas últimas, se debe legislar como obligatoria su capacitación, lo que permitirá además tener un contacto preliminar con los ciudadanos designados para evitar ausencias en el dí­a del comicio. Se valora como positivo la incorporación del Delegado de la Justicia Nacional Electoral, nexo entre ésta y las autoridades de mesa, los fiscales, la ciudadaní­a, y el personal de seguridad.
  1. í“RGANO DE ADMINISTRACIí“N Y JUSTICIA ELECTORAL
  • Nos parece positivo evitar la concetración de funciones electorales caracterí­sticas, la jurisdiccional y la administrativa, en un solo organismo. Sin embargo, se refuerza una excesiva dispersión de tareas, particularmente aquellas relativas a la organización del acto electoral.
  1. Gí‰NERO
  • No se realizan modificaciones al respecto, asimismo la redacción del artí­culo que aborda la temática destaca que se debe incorporar un 30% de mujeres en las listas, cuando la formulación deberí­a apuntar a que no haya más de un 70% del mismo género. Avanzar en la paridad es una deuda pendiente.
  1. FRAGMENTACIí“N
  • Se valorar como positivo la eliminación de colectoras y candidaturas múltiples, así­ como la limitación de la cantidad de agrupaciones que pueden conformar una alianza. Algunos, puntos para sumar al debate serán regular la imposibilidad de alianzas diferenciadas a nivel distrito y analizar umbrales de votos recibir financiamiento.
  1. SELECCIí“N DE CANDIDATOS
  • Las PASO eliminan la posibilidad de voto cruzado, favoreciendo el arrastre. Asimismo, la selección posterior del Vicepresidente permite la consolidación de alianzas electorales en coaliciones de gobierno. Nos parece importante atacar la posibilidad de testimonial, los candidatos deberí­an renunciar antes del inicio de la campaí±a a sus cargos electivos o estatales previos.
  1. CAMPAí‘A
  • Se avanza en una profesionalización de la Justicia Electoral en materia de control de los gastos de campaí±a, sin embargo no se avanza en la profesionalización de los responsables económicos de las campaí±as partidarias. Nos parece importante regular que la pauta otorgada por el Estado debe contener en un porcentaje de presentación de propuestas concretas o de la plataforma de gobierno. Finalmente, se avanzó en la regulación para la equidad en medios masivos de comunicación, pero se excluyó internet. Hoy las redes sociales y canales de reproducción de Video, como YouTube, tiene igual peso, por lo cual se deberá analizar regular el reparto igualitario de la publicidad en esos medios de igual manera. Asimismo, las agrupaciones deberí­an estar obligadas a contar con páginas web informativas que contengan listas completas con biográficas de todos los candidatos y de la plataforma del partido.
  1. DEBATE
  • Se valora como positivo la institucionalización del debate. 
  1. SANCIONES
  • El problema no reside tanto en aumentar las penas, sino en tipificarlas de mejor manera y generar sanciones aplicables. Hoy los partidos son los principales infractores de la Ley electoral, pero al ser simples sanciones económicas no se generan incentivos como para que dejen de violarlas.
  1. OBSERVACIí“N ELECTORAL
  • Finalmente, también consideramos fundamental incluir el rol de los organismos de la sociedad civil como garantes de la transparencia del proceso electoral.

 

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