El presente artículo trata sobre el voto electrónico en la Ciudad de Buenos Aires y la polémica generada en torno a su implementación en la próximas Primarias Abiertas Simultaneas y Obligatorias del mes de Abril.
¿Se beneficia sólo el oficialismo porteí±o con este nuevo sistema de elección?. ¿Qué reclamos se hacen desde la oposición?. ¿El sistema electoral saldrá fortalecido con este nuevo sistema electrónico?.
Entendiendo que el debate no se cierra, sino todo lo contrario, intentaremos echar un poco de luz sobre estos temas. Por Patricia De Vita.
PASO Y BOLETA UNICA EN CIUDAD DE BUENOS AIRES
El 10 de Diciembre de 2013 la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires avanzó en la reforma política, aprobando dos esperados proyectos en materia electoral: la implementación de Primarias Abiertas Simultaneas Obligatorias (PASO) y la utilización de la boleta única y tecnología de sufragio para el ámbito de la Ciudad.[1]
Las PASO porteí±as vienen a equiparar lo que sucede a nivel Nacional, como método obligatorio para la selección de candidatos electorales, no siendo ya competencia de los partidos la definición de sus candidaturas.
Este proyecto de Primarias Abiertas plantea un gran desafío para el PRO, partido gobernante, que en 2015 deberá presentar nuevos candidatos a Jefe de Gobierno, porque Mauricio Macri termina su segundo y último mandato.
La Boleta íšnica se establece para la elección de precandidatos y candidatos de las agrupaciones políticas, a todos los cargos electivos locales y en aquellas instancias de participación ciudadana directa (referéndum, consulta popular y revocación del mandato de los funcionarios electivos). La ley establece además las pautas para su confección y diseí±o, o sea, cómo se deberán distribuir las categorías, el nombre y el logo del partido con la imagen de los precandidatos/candidatos, cómo se ubicará cada uno de ellos en la boleta para garantizar su visibilidad, etc.[2]
Lo que restaba reglamentar era el Anexo II de la ley sancionada. Anexo que en el artículo Nº 23, contempla la incorporación de tecnologías electrónicas en todo el procedimiento electoral o bien en algunas de sus partes.[3]
La Incorporación de Tecnología durante la jornada electoral, se prevé que acelerará los tiempos del procedimiento y los costos en relación a la utilización de las clásicas boletas en papel. Aportaría además precisión, velocidad, simplicidad y mayor transparencia. La ley establece el respeto a los principios de accesibilidad del votante, asegurando el carácter secreto del voto, evitando manipulaciones, intrusiones y/o ataques al sistema que vulneren este derecho.
HABEMUS VOTO ELECTRONICO
El 14 de Noviembre de 2014, el Jefe de Gobierno porteí±o Mauricio Macri, firmó el DECRETO N.º 441/14[4], aprobando finalmente la reglamentación del Régimen Normativo de Boleta íšnica y Tecnologías Electrónicas, estableciendo que en las próximas elecciones primarias, abiertas, simultaneas y obligatorias (PASO), se hará mediante la utilización de boleta única electrónica, en sintonía con lo implementado en las últimas elecciones en ciudades de Salta, Ushuaia y Córdoba.
La incorporación del voto electrónico en el ámbito de la Ciudad, obligó al desdoblamiento de las elecciones porteí±as de las nacionales. Las PASO en la Ciudad se realizarán el 26-04-2015, las generales el 05-07-2015 y en caso de segunda vuelta, ésta se realizará el 19-07-2015.
POLEMICA POR EL NUEVO SISTEMA DE VOTACIí’N
En el mes de Diciembre de 2013, Emiliano Yacobitti, como titular de la UCR Capital, fue el primero en presentarse ante el mencionado Tribunal para que se declare la inconstitucionalidad del decreto firmado por el Jefe de Gobierno, argumentando que el mismo no había sido ratificado por los dos tercios de la Legislatura, tal como lo establece la propia Constitución porteí±a.
El martes 13 de Enero de 2105, se conoció a través del Boletín Oficial, el llamado a licitación pública para adquirir los dispositivos electrónicos que se utilizarán en las elecciones de Abril. La fecha para la presentación de las ofertas se estableció para el 28 de Enero del corriente.
Esto provocó que el miércoles 14 de Enero de 2015, el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Bs.As. convocara a una asamblea pública a todas las agrupaciones políticas que participarán de las próximas elecciones, ya que la implementación del voto electrónico ha despertado críticas en sectores de la oposición, dado que sostienen que este nuevo dispositivo de votación favorece al partido gobernante.
Además de la presentación ante la Justicia por parte del radicalismo, UNEN y el Frente de Izquierda también han manifestado críticas de carácter operativo pero no por eso menos importantes, en el hecho de que al momento de votar, la pantalla de votación tal como está diseí±ada, prioriza al partido/agrupación por sobre los candidatos. Lo que reclaman es que en la primera pantalla, el votante pueda ver a todos los candidatos con su nombre y su foto.
Algunas agrupaciones de la sociedad civil han manifestado preocupación en lo que respecta a los acotados tiempos de capacitación (tanto de la ciudadanía como de las autoridades electorales). La incorporación de nueva tecnología implica gradualidad en su implementación y cierta adaptación que debe hacer todo el sistema electoral frente a la nueva forma de selección de candidatos.
EL DEBATE QUEDí’ ABIERTO
La esencia de la democracia y donde reposa todo el sistema, es que el voto sea inviolable e inmodificable y se garantice además, el acceso público a esta información por parte, no sólo de los actores directamente relacionados (como un candidato) sino también representantes de la sociedad civil.
El cambio en el sistema de votación más que responder a un “devenir natural†y en sintonía con lo que pasa en otros países, responde más a una decisión política.
Con la llegada del voto electrónico a la Ciudad de Buenos Aires, creemos que, si bien es cierto que los tiempos del proceso electoral se optimizan, no creemos que esta optimización implique directamente mayor transparencia y control del proceso electoral mismo.
Recordemos que las maquinas son programadas por personas, o sea, no son infalibles y menos, inviolables, como ya la teoría y la práctica lo han demostrado.
¿Es correcto pensar que la incorporación de tecnología mejora la práctica del sufragio?
¿Cómo afecta al resultado de la elección el nuevo método de votación? ¿A quién/quiénes se favorecen?
Confianza, rapidez, transparencia e igualdad ¿ya no son garantizados por el actual sistema de boletas de papel?. Este sistema ¿no es perfectible?.
¿Cuáles son los mecanismos de control y auditoria que se implementaran?.
Lo que es un acto público, ¿puede quedar en manos de una empresa privada?
El debate sigue abierto…
Patricia De Vita
Politóloga UBA
* Para completar el análisis, adjuntamos el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad publicado el 13-01-2015 y el pliego con el llamado a licitación pública de los nuevos dispositivos electrónicos de votación.
LLamado_Licitación_Boleta_Electrónica
[1] Ley Nº 4894/13 y Decreto Nº 376/014 que reglamente  el Anexo I de dicha ley. CENTRO DE DOCUMENTACIí“N MUNICIPAL (CEDOM) http://www.cedom.gov.ar/
[2] Ley Nº 4894/13 Anexo II. Art. 3,4,5,6,8. CENTRO DE DOCUMENTACIí“N MUNICIPAL (CEDOM) http://www.cedom.gov.ar/
[3] Ley Nº 4894/13. Art. 23. CENTRO DE DOCUMENTACIí“N MUNICIPAL (CEDOM) http://www.cedom.gov.ar/
[4] Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, Nº 4523 http://www.boletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/boletines/2014/11/20141114.pdf