í‚¿Qué se elige el próximo domingo 22 de octubre? Candidatos, Plataformas, Padrón

Todo lo que tenés que saber sobre las elecciones

¿Qué votamos?

  • 127 diputados nacionales por cuatro aí±os (2017 -2021) en todas las provincias del paí­s y en la ciudad de Buenos Aires.
  • 24 senadores nacionales por seis aí±os (2017-2023) en las provincias de Buenos Aires, Formosa, Jujuy, La Rioja, Misiones, San Juan, San Luis y Santa Cruz.

¿Dónde votamos?

Consultá el padrón electoral en www.padrongov.ar/consulta o llamá las 24 hs. al 0800-999-7237

¿Cuándo votamos?

El domingo 22 de octubre.

¿Con qué documento podés votar?

Los documentos para poder presentarte ante las urnas son: la libreta de enrolamiento/libreta cí­vica; el DNI libreta verde; el DNI libreta celeste; la tarjeta del DNI libreta celeste y el nuevo DNI tarjeta. Cualquiera que sea la opción que elijas tiene que corresponder al último ejemplar que figura en el padrón electoral. Se permite asistir con una versión posterior al documento que figura registrado. No se permite votar con un certificado de documento en trámite.

¿Quiénes son considerados electores?

Los argentinos nativos y por opción, desde los dieciséis (16) aí±os de edad y los argentinos naturalizados, desde los dieciocho (18) aí±os de edad que no tengan ninguna de las inhabilitaciones previstas en la norma vigente. Están inhabilitados:

  • Los dementes declarados en juicio.
  • Los condenados por delitos dolosos a pena privativa de la libertad y por sentencia firme.
  • Los condenados por faltas previstas en las leyes nacionales y provinciales de juegos prohibidos.
  • Los sancionados por la infracción de deserción calificada.
  • Los declarados rebeldes en causa penal.
  • Los inhabilitados según disposiciones de la Ley Orgánica de los Partidos Polí­ticos.
  • Los que por otras prescripciones legales y reglamentarias quedaren inhabilitados para el ejercicio de los derechos polí­ticos.

Si no votaste en las PASO ¿Podés votar en las generales?

Sí­. Si figurás en el padrón electoral y no votaste en las P.A.S.O, tenés el derecho y la obligación de realizarlo en las elecciones generales.

¿Es obligatorio que votes?

Si, las elecciones generales son de carácter obligatorio para todos los electores que figuren en el padrón. En caso que no asistas el dí­a de la elección, la inasistencia debe justificarse. Tenés un plazo de 60 dí­as para presentar los respectivos certificados ante la Secretarí­a Electoral del Juzgado Federal con competencia electoral del distrito correspondiente.

¿En qué casos estás exceptuado de asistir a votar?

Los argentinos nativos y por opción, desde los dieciséis (16) aí±os de edad y los argentinos naturalizados, desde los dieciocho (18) aí±os de edad que no tengan ninguna de las inhabilitaciones previstas en la norma vigente. Están inhabilitados:

  • Si el dí­a de los comicios te encontrás a más de 500 kilómetros de distancia del lugar donde tenés que votar.
  • Si estás enfermo o imposibilitado por fuerza mayor –suficientemente comprobada– que te impida asistir al establecimiento de votación.
  • Si sos parte de un organismo o empresa de servicios públicos y por razones relacionadas al cumplimiento de funciones, estás impedido de asistir a votar.

¿Qué es el Cuarto Oscuro Accesible?

Cada establecimiento de votación contará con un Cuarto Oscuro Accesible (COA), en el que podrán votar, por propia opción, los electores registrados en otras mesas que presenten alguna discapacidad o limitación, como así­ también adultos mayores y mujeres embarazadas y/o con nií±os. Será habilitado en el espacio de más fácil acceso y más cercano al ingreso del establecimiento. Además, contará con seí±alización.

¿Qué es el voto asistido?

Si presentás algún tipo de limitación o discapacidad para realizar el procedimiento de votación, podrás solicitar la asistencia del Presidente de Mesa o de una persona de tu confianza, quien deberá acreditar su identidad. En el caso de que tengas alguna dificultad para la firma en el padrón, la Autoridad de Mesa debe preguntarte si necesitás ayuda y de qué modo puede facilitarte el proceso. Si no pudieras o supieras firmar, la Autoridad de Mesa deberá asentar la suya en tu reemplazo y dejar constancia de esta circunstancia en el espacio de observaciones del padrón.

¿No sabes qué es lo que está en juego el próximo domingo?.

Enterate en este videito informativo

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