#VotoJóven: í‚¿Quien está a favor?í‚¿Quien está en contra?

Compartimos una interesante recopilación de declaraciones de distintos actores polí­tico, respecto la medida que busca habilitar el voto voluntario de los jóvenes realizada por la agencia Télam (click aquí­). Por otra parte la Cámara alta comenzó en el dí­a de la fecha la sesión en la que debatirá el Proyecto de Ley.

Crédito Imagen: Télam

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Senado discute el voto joven
Tucumán a las 7
17 . 10 . 2012

La iniciativa cuenta con el apoyo de la bancada del Frente para la Victoria, de sus aliados y de algunos sectores de la oposición, como integrantes del interbloque del Frente Amplio Progresista y del Peronismo Federal.

El proyecto, que fue impulsado por los senadores oficialistas Aní­bal Fernández y Elena Mercedes Corregido, se analizó durante más de un mes en audiencias públicas, en las cuales expusieron aproximadamente 150 oradores, desde constitucionalistas hasta miembros de centros de estudiantes de todo el paí­s.

El radicalismo, en tanto, anunció que impulsará cambios en el proyecto del oficialismo, aunque no adelantó cuáles serán las modificaciones que propiciará en la sesión de hoy.

El expediente, que una vez aprobado pasará a Diputados para ser convertido en Ley, habí­a sido presentado en conjunto con otro que le permití­a votar en las elecciones nacionales a los extranjeros con dos aí±os de residencia en el paí­s, pero el debate de ese proyecto fue postergado.

La iniciativa modifica varias leyes, entre ellas la Ley de Ciudadaní­a, la Ley del Registro Nacional de las Personas y la mencionada Ley Electoral, y contiene modificaciones con respecto al proyecto diseí±ado por Corregido y Fernández, quienes con esta propuesta lograron abrir este debate para habilitar el voto desde los 16 aí±os.

El dictamen establece que «los argentinos que hubiesen cumplido la edad de 16 aí±os gozan de todos los derechos polí­ticos, conforme a la Constitución y a las leyes de la República».

La norma también introduce una novedad y es que la actualización del documento nacional de identidad de los menores que hasta la sanción de esta iniciativa se realizaba a los 16, ahora deberá realizarse a los 14.

La facultad de votar que incluye a los menores de entre 16 y 18 aí±os y los mayores de 70, resulta una carga cí­vica. Aunque la legislación omite sanciones a aquellos electores de las mencionadas edades, por el cual el voto se convierte en optativo.

La norma introduce modificaciones que, a simple vista, parecen correcciones formales, como el cambio de la palabra «ciudadano» por «elector». Sin embargo, ese recurso es fundamental para dejar establecido que los menores de 18, en este caso, no son alcanzados por las generales de la ley en caso de no emitir su voto.

Para dejar en claro ello, los senadores modificaron el artí­culo 125 del Código Electoral que, a partir de su sanción, ratifica multas y sanciones sólo a los electores mayores de 18 aí±os y menores de 70.

Lo mismo ocurre con las constancias de no emisión del voto de los empleados públicos nacionales, provinciales o municipales mayores de edad y hasta los 70 aí±os.

Además, tampoco podrán ser autoridades de mesa, de acuerdo con las modificaciones introducidas a la Ley Electoral que establece esa labor a los electores hábiles que residan en la sección electoral donde sufragan y que tengan entre 18 y 70 aí±os de edad.

La norma también introduce modificaciones en la Ley de Partidos Polí­ticos, en la Ley de Consulta Popular, en la Ley de Financiamiento de los Partidos Polí­ticos y en la de Transparencia de los Partidos Polí­ticos, con el objetivo de cambiar la palabra «ciudadano» por la de «elector», para poder adecuar la participación de los menores de 18 aí±os entre las prerrogativas vinculadas con el acto de sufragar.

Entre otros aspectos, por ejemplo, se aclara que los menores quedan exceptuados de participar de la administración financiera de los partidos polí­ticos.

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