Buenos Aires habilitará veedores electorales en el 2013

La Junta Electoral bonaerense habilitó, por primera vez, el trabajo de observadores electorales para las elecciones legislativas del aí±o próximo: son terceros ajenos al proceso comicial, que podrán elaborar informes y recomendaciones sobre aspectos de la votación.

Habrá «observadores electorales» en las próximas elecciones bonaerenses
El Eco
9 de octubre de 2012

La Junta Electoral bonaerense dispuso que los próximos comicios provinciales contarán por primera vez con «observadores electorales» para recolectar información y ofrecer recomendaciones para la mejora de ese procedimiento.

A través de una resolución, la Junta Electoral provincial autorizó a que «terceros ajenos al proceso» puedan recolectar datos, elaborar informes y brindar recomendaciones sobre distintos aspectos de las elecciones.

Según publicó el diario El Dí­a, a través de un reglamento elaborado por el organismo que preside el titular de la Suprema Corte provincial, Eduardo de Lázzari, se incorpora esta práctica y se establece la creación del Registro de Observadores Electorales.

Allí­ podrán podrán anotarse las organizaciones nacionales o internacionales «sin fines de lucro y no partidarias», que cuenten con solvencia técnica y trayectoria reconocida en el ámbito de la observación electoral.

En la flamante normativa se establece que el observador electoral deberá actuar con «imparcialidad, sin obstaculizar ni interferir en el desarrollo del proceso».

También se consigna que el tratamiento de la información recopilada, su análisis y evaluación deberá ser «objetiva y precisa».

Además, la Junta Electoral dispuso que los informes definitivos sean publicados en el sitio web del organismo «para que puedan ser consultados libremente».

La iniciativa está inspirada en documentos internacionales como la «Declaración de Principios para la observación internacional de elecciones», suscripta en el aí±o 2005 por Naciones Unidas, la Secretarí­a del Commonwealth, la Comisión Europea, la organización de Estados Americanos y el Centro Carter, entre otros reconocidos organismos gubernamentales, intergubernamentales y no gubernamentales.

La decisión fue adoptada luego de que, el aí±o pasado, el organismo que presidente De Lázzari asumió el compromiso de elaborar un marco reglamentario «que eventualmente permita materializar la participación ciudadana en los procesos electorales en carácter de observación».

Además, la Junta Electoral subraya que la observación electoral «se ha convertido en una práctica generalizada y aceptada a nivel mundial, pues tiene múltiples finalidades, entre ellas las de estudiar la integridad y otorgar legitimidad a un proceso, evitar conflictos entre los actores y formular recomendaciones que optimicen tanto la legitimación activa como pasiva del derecho a voto».

Habilitan veedores electorales en las legislativas en Provincia
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9 de octubre de 2012

La Junta Electoral habilitó, por primera vez, el trabajo de observadores electorales para las elecciones legislativas del aí±o próximo: se trata de terceros ajenos al proceso comicial, que podrán elaborar informes y recomendaciones sobre distintos aspectos de la votación.

La resolución de la Junta, fechada en septiembre pasado, crea un «Reglamento de Observación Electoral», que surgió a raí­z de un pedido que realizó la Fundación Poder Ciudadano el 20 de octubre del aí±o pasado, y que es similar a uno que rige a nivel nacional por disposición de la Cámara Nacional Electoral también del aí±o pasado.

En su resolución, la Junta -presidida por el titular de la Suprema Corte, Eduardo De Lázzari- seí±ala que la práctica de observación de elecciones ganó legitimidad en todo el mundo. En ese sentido, cita especí­ficamente la «Declaración de Principios para la observación internacional de elecciones», suscripta en el aí±o.

Respecto del trabajo de los veedores, la Junta dispuso que deberán actuar «con imparcialidad, sin obstaculizar ni interferir en el desarrollo del proceso». También se consigna que «el tratamiento de la información recopilada, su análisis y evaluación deberá ser objetiva y precisa».

Además, se dispuso la creación de un registro de observadores, que podrán integrar personas ajenas al desarrollo del proceso electoral, que no estén afiliados a ningún partido polí­tico en los cuatros aí±os previos a su inscripción ni trabajen para el Estado en ninguno de sus niveles.

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