El Poder Ejecutivo publicó en el Boletín Oficial la reforma del Código Nacional Electoral, Ley 26.744, que fue aprobada el 16 de mayo pasado por la Cámara de Senadores. Mediante el decreto 892/2012, la presidente Cristina Fernández de Kirchner, autorizó la utilización del nuevo DNI tarjeta, que reemplazará gradualmente la libreta, a partir de las elecciones legislativas; aunque se aclara que tanto la Libreta de Enrolamiento, como la Libreta Cívica y el Documento Nacional de Identidad libreta seguirán siendo «documentos habilitantes a los fines de esta ley».
El Poder Ejecutivo promulgó la reforma al Código Electoral
Telam
11 de junio 2012
El Poder Ejecutivo promulgó la ley de reforma al Código Electoral por medio del decreto 892, publicado este lunes en el Boletín Oficial.
La ley 26.744, que fue aprobada por el Senado el pasado 16 de mayo, establece el reemplazo del DNI libreta por una tarjeta para todos los trámites y obligaciones cívicas y la entrega de troqueles a los votantes como constancia de emisión de su voto, entre otras cuestiones.
La iniciativa hace hincapié en la reforma política «tendiente a brindar a la ciudadanía un sistema más moderno, ágil, transparente y dotado de seguridad jurídica para el electorado», que comenzó con la implementación de las Elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) el aí±o pasado.
La norma establece multas de 50 a 500 pesos para quienes no emitan su voto, en el caso de los ciudadanos que no justifiquen este accionar dentro del plazo de los 60 días posteriores al de la elección.
El decreto publicado este lunes lleva las firmas de la presidenta Cristina Fernández de Kirchner; del jefe de Gabinete, Juan Manuel Abal Medina; y del ministro de Interior y Transporte, Florencio Randazzo.