Como postularse para autoridad de mesa
Luego de las enormes dificultades sufridas por la falta de compromiso de cientos de ciudadanos nombrados como autoridades de mesa en las elecciones nacionales de octubre 2007 que obligaron a miles de votantes a esperar horas para vota, la Cámara Nacional Electoral habilitó un registro para voluntarios a autoridades de mesa. Aquí una guía sobre como registrarse y unas recomendaciones para mejorar el proceso. Por Hugo Passarello Luna
La figura de la autoridad de mesa es vital para el correcto funcionamiento de las elecciones. En los últimos comicios argentinos se observó una creciente apatía entre la ciudadanía para participar en calidad de autoridad de mesa. Esto se dio a pesar que existe una suma monetaria que se otorga en concepto de viáticos a quien ejerza la función de autoridad. Esta deserción fue más fuerte en ámbitos socioeconómicos medios y altos.
En las elecciones nacionales de 2007 votaron en promedio 34.000 ciudadanos por minuto. El atraso en la apertura de las mesas electorales por la ausencia de sus autoridades provocó que miles de personas tuvieran que esperar y votar horas después del cierre oficial de los comicios.
Queremos desde este espacio recalcar la enorme importancia de participar como autoridad de mesa y evitar que el 28 de junio se repita la situación de 2007. Cada dos años el sistema democrático solicita a sus soberanos, el pueblo, que participen activamente para permitir la legitimación de la democracia y sus instituciones, esto es concretamente las elecciones. Invitamos a la ciudadanía a cumplir con este rol fundamental y a postularse como autoridad de mesa. El objetivo de esta corta guía es colaborar con el esfuerzo y aclarar las dudas que puedan surgir, así como hacer recomendaciones y permitir el debate para su mejoramiento.
Como postularse a autoridad de mesa
En el sitio de Internet del Poder Judicial de la Nacional, en su página de inicio hay un enlace directo al Registro Público de Postulantes a Autoridades de Mesa.
La Cámara Nacional Electoral advierte que “en el Registro Público de Postulantes a Autoridades de Mesa, pueden inscribirse graduados y estudiantes de las universidades públicas que no posean afiliación partidaria desde la última elección.
Los graduados pueden inscribirse directamente haciendo click en el botón “Graduados” y llenando los datos que le sean requeridos. Recuerde que, falsear esta información es un delito reprimido por el Código Penal.
Los estudiantes podrán inscribirse a través de los departamentos de alumnos o la oficina que haya dispuesto al efecto la universidad a la que asisten. La inscripción importará la certificación de su condición de alumno regular.
Las listas de postulantes serán confrontadas con el Registro Nacional de Electores y el Registro de Afiliados, serán publicadas para su control por parte de las agrupaciones políticas y sólo serán utilizadas luego de concluir con la selección aleatoria que realizan las Juntas Electorales Nacionales.”
El Registro Público de Postulantes a Autoridades de Mesa fue autorizado por la Acordada 129-08 y ampliado a universidades privadas por la Acordada 49-09.
Pasos a seguir:
1. Si usted es Graduado como primer paso debe ingresar su DISTRITO, SEXO y NÚMERO DE DOCUMENTO.
2. En el segundo paso tendrá que llenar completo un formulario de datos personales. En este enlace puede ver el formulario
3. Una vez completado en el tercer paso aparecerá el siguiente mensaje :
La inscripción se realizó correctamente, en unos minutos, recibirá un mail en su casilla a fin de dar comienzo al trámite final.
Si usted posee una cuenta de correo gratuita (Hotmail, Yahoo, Gmail, etc.) y no ha recibido el mail automático solicitando su confirmación, por favor verifique la carpeta de correo no deseado.
4. Al verificar su cuenta de correo electrónico, debe recibir un email con asunto: SOLICITUD DE INSCRIPCION y con el siguiente cuerpo en el mensaje:
Cámara Nacional Electoral - Registro Público de Postulantes Electorales
Estimado/a: XXXXXXXXXXXXXXXXXXX
A continuación le brindamos el link, a fin de dar por concluida su inscripción al Registro Público de Postulantes Electorales.
NOTA: Si usted no ha solicitado el presente registro, agradecemos ignorar el mismo.
5. Al hacer clic sobre el enlace brindado habrá completado el proceso de postulación a autoridad de mesa.
Nota: En el caso de las mesas electorales en el exterior las autoridades las designa el Cónsul, de entre los inscriptos en el padrón de la mesa. Si no se presentara el ciudadano, se designa a un funcionario de la representación.
Algunas dudas y recomendaciones:
• En primer lugar no queda claro que sucede después, no se sabe cuando ni como se recibirá la confirmación si el postulante es efectivamente autoridad de mesa. Y si lo es, si lo será en calidad de presidente o suplente.
• No hay un enlace directo a los instructivos realizados por el organismo. Recomendamos a quienes estén interesados en ser postulantes a descargar el nuevo instructivo para autoridades de mesa que encontrarán en este enlace en formato PDF , en este enlace en formato ISO de imagen de CD y la presentación flash para ver en el sitio.
• Asimismo seria importante brindar un enlace al texto completo del Código Electoral Nacional (que pueden encontrar en este enlace)
• El formulario tiene dificultades para ser completado, ya que acepta formatos muy específicos, por ejemplo cuando se escribe el teléfono, que pueden confundir al postulante.
• Es importante dejar un número telefónico o dirección de correo electrónico a donde el postulante pueda comunicarse y aclarar sus dudas. En este momento queda a la deriva esperando un futuro contacto.
• Una duda que surge a menudo entre los postulantes es: ¿Quienes pueden ser autoridades de mesa? El Código Electoral Nacional dice lo siguiente:
Artículo 73. - Requisitos. Los presidentes y suplentes deberán reunir las calidades siguientes:
1. Ser elector hábil.
2. Residir en la sección electoral donde deba desempeñarse.
3. Saber leer y escribir.
A los efectos de verificar la concurrencia de estos requisitos, las Juntas Electorales están
facultadas para solicitar de las autoridades pertinentes los datos y antecedentes que estimen necesarios.
Para aclarar otras dudas incluimos lo que el Código Electoral Nacional dice sobre la figura de autoridad de mesa:
Artículo 72 — Autoridades de la mesa. Cada mesa electoral tendrá como única autoridad
un funcionario que actuará con el título de presidente. Se designará también un suplente,
que auxiliará al presidente y lo reemplazará en los casos que esta ley determina.
En caso de tratarse de la elección de Presidente y Vicepresidente de la Nación, las
autoridades de mesa designadas para la primera vuelta cumplirán también esa función en
caso de llevarse a cabo la segunda vuelta.
Los ciudadanos que hayan cumplido funciones como autoridades de mesa recibirán una
compensación consistente en una suma fija en concepto de viático.
Sesenta (60) días antes de la fecha fijada para el comicio, el Ministerio del Interior
determinará la suma que se liquidará en concepto del viático, estableciendo el procedimiento
para su pago que se efectuará dentro de los sesenta (60) días de realizado el comicio,
informando de la resolución al juez federal con competencia electoral de cada distrito. Se de
realizara segunda vuelta se sumarán ambas compensaciones y se cancelarán dentro de un
mismo plazo.
(Artículo sustituido por art. 75 de la Ley N° 26.215 B.O. 17/1/2007).
Artículo 74. - Sufragio de las autoridades de la mesa. Los presidentes y suplentes a quienes corresponda votar en una mesa distinta a aquella en que ejercen sus funciones podrán hacerlo en la que tienen a su cargo. Al sufragar en tales condiciones dejarán
constancia de la mesa a que pertenecen. En caso de actuar en mesa de electores de otro
sexo, votarán en la más próxima correspondiente al suyo.
Artículo 75. - Designación de las autoridades. La Junta Electoral hará, con antelación no menor de veinte días, los nombramientos de presidente y suplentes para cada mesa. Las notificaciones de designación se cursarán por el correo de la Nación o por intermedio de los servicios especiales de comunicación que tengan los organismos de seguridad, ya sean nacionales o provinciales.
a) La excusación de quienes resultaren designados se formulará dentro de los tres días de
notificados y únicamente podrán invocarse razones de enfermedad o de fuerza mayor
debidamente justificadas. Transcurrido este plazo sólo podrán excusarse por causas
sobrevinientes, las que serán objeto de consideración especial por la Junta;
b) Es causal de excepción el desempeñar funciones de organización y/o dirección de un
partido político y/o ser candidato. Se acreditará mediante certificación de las autoridades del
respectivo partido;
c) A los efectos de la justificación por los presidentes o suplentes de mesa de la enfermedad
que les impida concurrir al acto electoral, solamente tendrán validez los certificados
extendidos por médicos de la sanidad nacional, provincial o municipal, en ese orden. En
ausencia de los profesionales indicados, la certificación podrá ser extendida por un médico
particular, pudiendo la Junta hacer verificar la exactitud de la misma por facultativos
especiales. Si se comprobare falsedad, pasará los antecedentes al respectivo agente fiscal a
los fines previstos en el artículo 132.
d) Los votantes mayores de setenta (70) años que hayan sido designados como autoridades
de mesa podrán excusarse de dicha carga pública, justificando únicamente su edad. La
excusación se formulará dentro de los tres (3) días de notificado. El presente inciso deberá
figurar impreso en todos los telegramas de designación. (Inciso incorporado por art. 2° de la
Ley N° 25.858 B.O. 6/1/2004).
Artículo 76. - Obligaciones del presidente y los suplentes. El presidente de la mesa y el suplente deberán estar presentes en el momento de la apertura y clausura del acto electoral, siendo su misión especial velar por el correcto y normal desarrollo del mismo. Al
reemplazarse entre sí, los funcionarios dejarán constancia escrita de la hora en que toman y
dejan el cargo.
(Artículo sustituido por art. 6 de la Ley N°25.610 B.O. 8/7/2002)
Puede encontrar el texto completo del Código Electoral Nacional en este enlace.
Formato PDF
Puede descargar el Manual de Capacitación para Autoridades de Mesas Electorales en formato PDF en este enlace.
Puede descargar el Manual de Capacitación para Fiscales de Mesas Electorales en formato PDF en este enlace
Puede descargar el Guia de instrucciones para autoridades de mesa en formato PDF en este enlace.
Para ver ambos documentos necesita Adobe reader que lo puede descargar de este enlace
Formato Versión flash
En este enlace encontrará la versión flash online del manual
Video de capacitación de autoridades de mesa Parte 1
Video de capacitación de autoridades de mesa Parte 2
Video de capacitación de autoridades de mesa Parte 3
Video de capacitación de autoridades de mesa Parte 4
Resolución 332/09 - Viáticos autoridades de mesa





Comentarios
En realidad el Registro solo se usará si no se logra llenar las mesas en la forma tradicional.
Otro punto son las condiciones discriminatorias que no se condicen con lo que marca la ley. En ese sentido hice una denuncia al Inadi.
Finalmente un comentario sobre "...El atraso en la apertura de las mesas electorales por la ausencia de sus autoridades provocó que miles de personas tuvieran que esperar y votar horas después del cierre oficial de los comicios..."
En las elecciones de 2007, por lo menos donde yo vivo, pero que por comentarios se que ha sucedido en otros lados, una parte muy importante de los electores esperaron hasta último momento para votar. Esto fue para mi notable, ya que era lo contrario de lo que he vivido como presidente de mesa en tres oportunidades y como fiscal en casi todas las demás elecciones desde marzo de 1973
Comentario de: Francisco Hirsch | Abril 20, 2009 1:00 PM
Agradeceré me aclare la siguiente duda: Soy graduada universitaria y como tal me inscribí en el Registro Público de Postulantes a Autoridades de Mesa; cuando se me preguntó si había estado alguna vez afiliada a algún partido, respondí afirmativamente, pues lo estuve hace muchísimos años (36), si bien nunca ratifiqué mi afiliación, ya que ese partido dejó de satisfacer mis expectativas. ¿El haber estado afiliada hace tanto tiempo me inhibe de ser elegida?. Muchas gracias. Saludos.
Comentario de: María Eugenia Pons | Mayo 11, 2009 12:24 AM
Estimada. Debe asegurarse que no este afiliada por lo que deberá contactarse con el Juzgado Electoral Federal que le corresponda.
La nómina de los Juzgados Electorales Federales se encuentra en el siguiente enlace de la Dirección Nacional Electoral: http://argentinaelections.com/2009/03/afiliacion_partidaria.php
Si no esta afiliada puede ser autoridad de mesa.
Comentario de: Argentina Elections | Mayo 11, 2009 12:48 PM
Muchas gracias por su respuesta y orientación. Seguiré su indicación. Cordiales saludos.
Comentario de: María Eugenia Pons | Mayo 11, 2009 11:13 PM
Me podría informar si una vez designadas las autoridades de mesa hay un listado donde puedan consultarse, y dónde hacerlo?
Comentario de: Lidia | Mayo 12, 2009 5:38 PM
No poseo tìtulo universitario, no estoy afiliado a ningun partido polìtico, puedo ser fiscal de mesa o ejercer algùn otro cargo en las mesas de votantes????
Comentario de: OSCAR FERNANDO ISAS | Mayo 14, 2009 9:57 PM
Soy estudiante de sociología de la UBA, pero en el centro de estudiantes de la facultad de sociales, nadie sabe como hacer para que yo pueda postularme. Desde ya agradezco su ayuda!
Comentario de: Martina | Mayo 16, 2009 1:43 PM
Traté de inscribirme entrando al sitio pero me pide nombre de usuario y clave que no tengo. Soy estudiante de CBC por UBAXXI, ¿qué tengo que hacer?
Comentario de: griselda fernandez | Mayo 20, 2009 11:26 PM
"Los estudiantes podrán inscribirse a través de los departamentos de alumnos o la oficina que haya dispuesto al efecto la universidad o el instituto de educación superior no universitaria al que asisten. La inscripción importará la certificación de su condición de alumno regular."
Consulte con UBA XXI
Comentario de: Argentina Elections | Mayo 21, 2009 9:43 AM
Como es que el Codigo Electoral Nacional dice lo que dice en su Art. 73 y para inscribirnos como autoridad de mesa luego nos piden ser estudiante o graduado universitario. En mi caso fui presidente de mesa hace muchos años poseo estudios secundarios entre otros
Comentario de: josé luis codeseira | Mayo 21, 2009 7:18 PM
yo fui presidente de masa y fiscal y nunca recibi remuneracio y me encanto serlo poseo estudios secundarios y me parece injusto q no halla un lugar pra anotarce por internet para la gente q kre participar de estas eleciones y no es graduado ni universitario .la verdad tendrian q primordiar alos q si kremos COMO YO HA!!! y si me pagaran estaria bueno tambien!!!!! y mejor!!!!!
Comentario de: rosa lorena sanchez | Mayo 27, 2009 12:56 AM
Hola: Fuí sitada para ser autoridad de mesa para las proximas elecciones y soy mama de una beba de 6 meses a la que le doy el pecho ¿cómo puedo hacer para justificar no ir a la mesa? Donde debo acudir?
Muchas gracias
Comentario de: Silvana | Mayo 27, 2009 3:37 PM
Debe contactar a la Secretaria Electora de su distrito. Aca encontrara las direcciones:
http://argentinaelections.com/2009/04/nuevo_procedimiento_para_recla.php
Comentario de: Argentina Elections | Mayo 27, 2009 3:41 PM
En las últimas elecciones he sido autoridad de mesa, pero hace un año me mudé y aún no hice el cambio de domicilio. Quisiera saber si hay alguna manera de averiguar si soy autoridad de mesa ya que, al mudarme, si me envían el telegrama no voy a estar enterada ya que no tengo acceso a la gente que actualmente vive en mi anterior domicilio. Muchas gracias!
Comentario de: Ma Fernanda Rosso | Mayo 29, 2009 6:35 PM
Debe comunicarse con la Secretaria Electoral correspondiente al domicilio que todavia figura en su DNI.
Comentario de: Argentina Elections | Mayo 29, 2009 6:42 PM
Hola, leí la nota y tengo una duda:
El año pasado (2008) terminé el secundario, pero por un problema personal aún debo unas materias. De todas formas, ¿puedo postularme para autoridad de mesa?
Desde ya muchas gracias.
Comentario de: Luciana | Mayo 31, 2009 4:36 PM
Si. Debe contactar a la Secretaria Electoral de la Provincia donde tenga su domicilio en el DNI.
Comentario de: Argentina Elections | Mayo 31, 2009 10:15 PM
Soy empleada en una escuela secundaria no soy docente quisera saber si puedo ser autoridad de mesa en el lugar donde vivo, el cual es Villa Domìnguez, departamento Villaguay en Entre Ríos
Comentario de: claudia | Junio 1, 2009 1:03 PM
Puede serlo si cumple con los requisitos que mencionan el codigo (los cuales estan en este articulo). Para ser autoridad de mesa, contacte la secretaria electoral de su provincia.
Comentario de: Argentina Elections | Junio 1, 2009 1:06 PM
Me quiero postular como fiscal de mesa pero soy estudiante de la Universidad del salvador de una carrera universitaria, como hago para anotarme?
Comentario de: Magali | Junio 1, 2009 4:00 PM
Puede hacerlo directamente en su facultad (ponerse en contacto con ellos) o Debe contactar a la Secretaria Electoral de la Provincia donde tenga su domicilio en el DNI.
Comentario de: Argentina Elections | Junio 1, 2009 6:59 PM
hola, me gustaria saber si es obligacion ser mayor de edad para ser fiscal de mesa. yo tngo 17 los cumpli en abril y m gustaria ser fiscal de mesa.
Muchas Gracias!
Comentario de: Agustina | Junio 3, 2009 8:07 PM
Es necesario ser mayor de edad.
Comentario de: Argentina Elections | Junio 3, 2009 10:49 PM
Me podría informar si una vez designadas las autoridades de mesa hay un listado donde puedan consultarse, y dónde hacerlo?
Comentario de: Ma Fernanda Rosso | Junio 4, 2009 10:11 AM
hola, quiero ser presidenta de mesa, y como vivo en ituzaingo nose si despues de postularme y si es que me toman seria presidenta de ituzaingo o alguna zona cerca??
otra cosa, donde puedo postularme? porque en donde estudio no me supieron decir, y aca en internet es muy complicado. muchas gracias
Comentario de: abigail | Junio 5, 2009 2:11 AM
como se renuncia a una ves asignado como autoridad de mesa
Comentario de: pablo | Junio 5, 2009 12:24 PM
Para excusarse debe contactar a la secretaria electoral de su distrito: http://argentinaelections.com/2009/06/juzgados_electorales_nacionale.php
Comentario de: Argentina Elections | Junio 5, 2009 12:31 PM
hola quisiera saber cuanto es la suma que paga el gobierno por ser fiscal de mesa,
Comentario de: marcela | Junio 6, 2009 5:16 PM
Hola, hoy fui notificada presidente suplente de mesa. Yo tengo muchos problemas con la vista, a pesar de usar anteojos. Para leer el padrón tendría que usar lupa, lo que no me parece acertado. Puedo excusarme? Cómo hacerlo? Me queda constancia de que me excusé?
Muchas gracias
Comentario de: Patricia | Junio 6, 2009 8:43 PM
Debe comunicarse con el juzgado que le corresponda: http://argentinaelections.com/2009/06/juzgados_electorales_nacionale.php
Comentario de: Argentina Elections | Junio 6, 2009 9:58 PM
Hola, soy estudiante de la uba, pero en la facu no saben nada de inscribirme para ser autoridad de mesa.
Ya he sido presidenta de mesa en elecciones pasadas.
Cuando ingrese al sitio para inscribirme, habian 3 opciones, graduado, estudiante (que necesita una clave y una contraseña y no tengo idea de cual es) y otros postulantes, por la cual pude inscribirme.
Ahora, no se donde me tengo que inscribir para hacer el curso de autoridades de mesa, o si se tiene que hacer solo una vez resuelto si me toca ser autoridad o no.
Desde ya muchas gracias.
Comentario de: Emi | Junio 8, 2009 1:25 AM
Soy estudiante y me postule para ser autoridad de mesa a traves de la pagina del poder judicial, debido a que en la facultad (UBA) no tenian idea de nada.
Como puedo hacer para ver que, efectivamente, me haya postulado?
Ademas, una vez fui fiscal de un partido politico, eso quiere decir que estoy afiliada a ese partido? porque despues de eso fui presidenta y vicepresidenta en algunas elecciones.
Muchas gracias
Comentario de: emi | Junio 8, 2009 2:23 AM
PAra postularse lo puede hacer direcmente en el juzgado electoral que le corresponda. Aca las direcciones: http://argentinaelections.com/2009/06/juzgados_electorales_nacionale.php
Para inscribirse a la capacitacion: http://argentinaelections.com/2009/05/post_3.php
Comentario de: Argentina Elections | Junio 8, 2009 1:30 PM
Como me excuso que estaré trabajando en Mendoza en dicha fecha y fui designado presidente de mesa en Bs.As.
Muchas gracias.
Comentario de: Mariano | Junio 10, 2009 10:52 AM
buenas tardes. queria saber si puedo ser eximida de ser presidenta de mesa, ya que soy unico sosten de familia y tengo a mi cargo el cuidado de 2 niños menores, que son mis hijos, quienes viven conmigo y no cuento con otra persona que pueda cuidarlos. muchas gracias, espero su respuesta.Aclaro que el dia 12 de junio he recibido notificacion y queria saber hasta cuando tengo tiempo de renunciar a dicho compromiso, si es q se puede, y como hacer el tramite.
Comentario de: silvia lopez | Junio 13, 2009 1:39 PM
debe contactar al juzgado electoral que le
corresponda. Aca las direcciones:
http://argentinaelections.com/2009/06/juzgados_electorales_nacionale.php
Comentario de: Argentina Elections | Junio 13, 2009 4:32 PM
que sucede si soy CITADA para ser presidente de mesa en mi antiguo domicilio (que aun consta en mi DNI) y yo no me entero?
Comentario de: lorena | Junio 16, 2009 1:37 PM
Quisiera saber cuantos años seguidos pueden convocar a la misma persona para autoridad de mesa, porque este es el quinto que me toca....
Comentario de: Dalila | Junio 17, 2009 11:48 AM
si soy autoridad de mesa, el lunes debo ir a trabajar o puedo presentar el telegrama de autoridad en el trabajo?
Comentario de: Gabriela | Junio 17, 2009 5:52 PM
Eso depende de su trabajo
Comentario de: Argentina Elections | Junio 17, 2009 10:59 PM
todavia me puedo anotar para ser autoridad de mesa? Soy estudiante, fui fiscal 2 veces
Comentario de: sole | Junio 20, 2009 5:15 PM
quisiera informacion, para saber como hacer para estar en las elecciones. gracias
Comentario de: perla mercedes robles | Junio 21, 2009 12:15 PM
Hola he sido nombrado como presidente de mesa y queiro renunciar a dicho puesto. Soy programdor independiente es decir trabajo desde casa y siendo franco no quiero perder tiempo de trabajo y el cual no lo puede justificar ya que trabajo para el exterior. En fin solo debo ir a la junta y decir que no quiero el puesto?
Comentario de: javier | Junio 22, 2009 10:18 AM
Hola he sido nombrado como presidente de mesa y queiro renunciar a dicho puesto. Soy programdor independiente es decir trabajo desde casa y siendo franco no quiero perder tiempo de trabajo y el cual no lo puede justificar ya que trabajo para el exterior. En fin solo debo ir a la junta y decir que no quiero el puesto?
Comentario de: javier | Junio 22, 2009 10:18 AM
Me mudé hace poco y quiero saber: qué sucede si llega a mi antiguo domicilio (que aún consta en mi DNI) aviso para ser presidenta de mesa, la persona que atiende el correo declara que yo ya no vivo en ese lugar, no le dan ninguna indicación y yo nunca recibo otro aviso?
Comentario de: Pato | Junio 22, 2009 8:56 PM
hola, fui designado suplente, mi pregunta es: Cuando vaya a votar y ya se encuentre el titular de la mesa puedo votar y retirarme luego? ya que necesito ese dia por estudio.
muchas gracias.
Comentario de: rodrigo | Junio 22, 2009 10:22 PM
fui designada 1º suplente de presidente de mesa,mi duda es que soy afiliada a un partido politico y estoy colaborando con él. Dicha cuestión no me deshabilita?
Comentario de: sandra | Junio 23, 2009 2:07 AM
Fui citada para primer suplente.Estoy embarazada de 26 semanas y el obstetra me indico reposo por contracciones y riesgo de parto prematuro.Agradeceria me indiquen que posibilidad hay de hacer el tramite de excusación en otro lugar que no sea La Plata (ya que mi domicilio es del Partido de Lomas de Zamora)y no tengo quien lo realice.
Muchas gracias
Comentario de: Ileana Fedorowicz | Junio 23, 2009 7:57 PM
Fui citada para primer suplente.Estoy embarazada de 26 semanas y el obstetra me indico reposo por contracciones y riesgo de parto prematuro.Agradeceria me indiquen que posibilidad hay de hacer el tramite de excusación en otro lugar que no sea La Plata (ya que mi domicilio es del Partido de Lomas de Zamora)y no tengo quien lo realice.
Muchas gracias
Comentario de: Ileana Fedorowicz | Junio 23, 2009 7:59 PM
Una consulta:
Yo me postulé para autoridad de mesa, no pude hacer el curso porque hace 10 días que estoy trantando de registrarme en el pjn.gov.ar y no me deja. Leí todo el manual y sé mis tareas cívicas, pero cómo sé si voy a ser autoridad de mesa finalmente y en dónde me puedo fijar en qué lugar me toca?
Comentario de: Juan | Junio 24, 2009 12:28 AM
Viernes 26/6/09 entregaron en mi casa la designación como autoridad suplente de mesa elecciones 2009. Tengo una discapacidad motriz por secuela de poliomielitis por lo que padezco movilidad reducida, ello debidamente certificado. ¿cómo debo avisar a las autoridades que no puedo asumir esa responsabilidad en tales condiciones?
Comentario de: hugo bravo | Junio 26, 2009 8:26 PM
Intente engresar para realizar el curso de capacitacion para presidente de mesa en la elecciones y no pude
Comentario de: maria ines bridarolli | Junio 26, 2009 9:42 PM
hola,fui nombrada uatoridad de mesa y me excuse por deber guardar reposo ya que estoy enferma.No me dieron comprobante cuando me excusé.Debo ir a votar igual?
Comentario de: laura | Junio 27, 2009 12:56 PM
si fui designado autoridad de mesa el 28/06/2009 el dia lunes tengo que presentarme a trabajar o tengo justificada la ausencia
Comentario de: blanco | Junio 30, 2009 11:04 AM
quisiera anotarme para ser presidenta de mesa el domingo 5 de julio,ya que lo fui el domingo pasado y me gusto mucho,espero respuesta positiva esta semana
Comentario de: patricia | Junio 30, 2009 1:33 PM
Fui autoridad de mesa y quisiera saber como haga para cobrar
Comentario de: marcelo | Julio 1, 2009 10:57 PM
hola quiesiera saber si una persona extranjera q hace 30 años q viv en este pais con documento argentino y cuidadadnia,la cual hizo el tramite para estar en los padrones pero no figura, puede ser fiscal partidiario en las eleccciones.gracias
Comentario de: rosario | Julio 6, 2009 1:49 PM
HOLA.TODAVÌA NO HE COBRADO POR LOS SERVICIOS PRESTADOS COMO AUTORIDAD DE MESA EN LAS ELECCIONES DEL 28 DE JUNIO DE 2009.QUIERO INFO AL RESPECTO.¿QUE DEBO HACER?
Comentario de: MORETTI ALICIA | Julio 15, 2009 1:37 PM
Hola! quisiera saber si se puede averiguar si fui asignada como autoridad de mesa ya que me mudé hace mucho tiempo y nunca cambié el domicilio en el d.n.i. Gracias
Comentario de: cristina retamales | Julio 22, 2009 9:55 AM
He sido autoridad de mesa en las elecciones 2009. Me presenté 2 (dos) veces en el Correo Argentino para cobrar los viáticos de acuerdo al cronograma y me dicen que no estoy en la lista. Me dieron un número de teléfono en el cual una grabación me deja esperando con una música durante varios minutos y no me atiende nadie,(llamé varias veces).Qué debo hacer para solucionar este problema?, alguén me lo puede solucionar? Gracias.
Comentario de: Liliana | Julio 28, 2009 4:45 PM
He sido autoridad de mesa en las elecciones 2009. Me presenté 2 (dos) veces en el Correo Argentino para cobrar los viáticos de acuerdo al cronograma y me dicen que no estoy en la lista. Me dieron un número de teléfono en el cual una grabación me deja esperando con una música durante varios minutos y no me atiende nadie,(llamé varias veces).Qué debo hacer para solucionar este problema?, alguén me lo puede solucionar? Gracias.
Comentario de: Liliana | Julio 28, 2009 4:46 PM